RÉGIMEN FORAL DE NAVARRA Y DEL PAÍS VASCO

En España, podemos encontrar dos modelos de financiación, el régimen foral y el régimen común.

El régimen foral está presente en el País Vasco y Navarra, mientras que en el resto de las comunidades autónomas se emplea un régimen común.
Para poder entender estas difrenciación hay que remontarse a los orígenes históricos, en concreto a la fomación del Estado moderno de España.

Navarra era un territorio soberano a la Corona de Castilla, por lo tanto, cuando tuvo lugar la incorporación de este territorio, no perdió su sistema organizativo propio, por lo que se le respetaron sus leyes, costumbres y fueros (leyes, privilegios, libertades). Debido a que se trataba de un Reino con capacidad para controlar sus instituciones, dentro del territorio de Navarra, no se aplicaron las Leyes Estatales. De este modo las relaciones entre Castilla y Navarra eran independientes, dentro de este último no se aplicaban los impuestos del Estado, exclusivamente se le daba un donativo para los gastos generales de la nación. 

En 1841, se firmó la Ley Paccionada, en la cual Navarra dejaba de ser Reino, pero podía segir manteniendo sus facultades de autogobierno, por lo que Navarra mantuvo su régimen foral. La Constitución de 1978 sondiera en su disposición adicional primera el respeto y amparo a "los derechos históricos de los territorios forales". Todo ello queda regulado en el Convenio Económico, que establece las aportaciones de Navarra a la cargas del Estado, además en dicho Convenio se regulan las relaciones financieras y tributarias entre las dos Administraciones.


Escudo de Navarra

En cuanto al País Vasco, el orígen de sus Fueros se remonta a la costumbre, hasta que se convirtió en Ley. 
Tras años en los que tuvieron lugar numerosas reformas en cuanto a la abolición de los fueros, en 1878, dos años más tarde de la proclamación de una Constitución más conservadora que abolía los fueros, Cánovas del Castillo aprueba el Concierto Económico. Por tanto las tres provincias vascas consiguieron un sistema fiscal propio, pagando una cantidad anual al Estado Español.
Aunque más tarde, durante el régimen franquista, se anuló el Concierto en un par de territorios, el origen actual se debe al Estatuto de Autonomía del País Vasco.
 Dicho Estatuto de Atonomía determina la capacidad a los territorios de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa de regular su sistema tributario.

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